Ciudad de México.-La Comisión Especial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), integrada por los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera, presentó el proyecto de resolución sobre los juicios de nulidad presentados en contra de la elección presidencial del Proceso Electoral Federal 2023-2024, el cual propone declarar “la pretensión de nulidad de la elección de presidenta de los Estados Unidos Mexicanos presentada por diversos partidos políticos” como “infundada”, por lo que instó a declarar como valido el triunfo de Claudia Sheinbaum Pardo, excandidata de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”.
¿Qué contiene el proyecto de resolución?
El proyecto presentado, el cual será estudiado por las magistrados restantes de la Sala Superior, desechó la demanda presentada por Xóchitl Gálvez Ruíz por “carecer de interés jurídico”, aclarando que el juicio impulsado por la excandidata presidencial de la coalición “Fuerza y Corazón por México” “no solicitó la nulidad de la elección”, sino que manifestó cuestiones que, a su juicio, deben considerarse para validar la elección “sin señalar cómo se afectó su derecho a ser votada”.
Además, el proyecto presentado desechó otras tres quejas presentadas:
Primero, se denunció el uso de violencia generalizada en el país e intervención del crimen organizado. Al analizar los 652 vínculos electrónicos presentados como prueba, el TEPJF determinó que esta denuncia es infundada debido a que dichos vínculos no muestran que “el resultado de la elección sea consecuencia de una situación de violencia”, además, “se basan en opiniones subjetivas o meras percepciones”.
En segunda instancia, se presentó una queja por la presunta intervención de sindicados para favorecer la candidatura de la virtual presidenta electa, Claudia Sheinbaum, mediante la coacción del voto. En este caso, el Tribunal revisó 36 enlaces electrónicos, los cuales fueron dictaminados como infundados ya que “no hay pruebas que acrediten la infracción”, sino que únicamente son “indicios que no están reforzados ni especifican circunstancias de tiempo, modo y lugar de la supuesta coacción al voto de las personas sindicalizadas”.
Por último, se presentó un juicio de nulidad fundamentado en la presunta intervención indebida de servidores públicos y personas del servicio público, además, de la “reiterada intervención sistemática del presidente López Obrador en el proceso, por los supuestos dichos en las conferencias matutinas, en su libro ‘Gracias’, en una entrevista para Canal Red y por referirse a temas de seguridad”.
Asimismo, “la intervención de 13 gubernaturas, la CNDH, un ministro de la SCJN, el secretario de movilidad de la CDMX y el uso indebido del Centro Nacional de Inteligencia”.
Para fundamentar las acusaciones se presentaron diversos links (enlaces) sobre lo antes mencionado, lo cual fue resuelto de la siguiente manera:
- Fueron presentados 214 links de la conferencia matutina que advierten la presunta existencia de; 23 links de los que se desprenden
- También se presentaron 188 links(enlaces) sobre la presunta incidencia de los gobernadores para coaccionar al voto, sin embargo, se determinó que “no prueban una injerencia sistemática y reiterada de las gubernaturas y el resto de las personas del servicio público, pues, en esencia, se trata de hechos aislados”
Información de SPR