- Magistrados violentan la soberanía al darle validez a una disposición de ley que a la propia Constitución de Tamaulipas.
Por María Jaramillo Alanís
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La bancada de Morena en el Congreso local arremetió contra la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN), por haber invalidado el decreto legislativo que creo la actual Junta de Gobierno
En Conferencia de prensa, Humberto Prieto Herrera, cuerpeado por sus compañeros legisladores, acusó; “La SCJN modifica criterios a conveniencia para proteger intereses de ciertos grupos de poder, sin tomar en cuenta el bien común. La Corte es una burla al sistema judicial y a la constitución. Es una caricatura”
El coordinador de la bancada morenista en la 66 legislatura, dijo, “Por eso hoy entendemos la exigencia del pueblo por la reforma judicial”, al considerar que la sentencia es parte de una revancha política.
El pasado martes, el Pleno de la SCJN determinó la invalidez del decreto legislativo 65/619, del 8 de julio del 2023, que reformó 44 artículos de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado, para, entre otras cosas, crear la Junta de Gobierno.
Los ministros de la SCJN le dieron la razón como a los ex diputados de Acción Nacional en dos acciones de inconstitucionalidad, el decreto fue aprobado por mayoría simple cuando la ley exige mayoría calificada.
Sin embargo, Prieto Herrera, apuntó: “es una enérgica protesta y profunda preocupación, por lo que calificó como un agravio, abuso y falta de coherencia de la SCJN”.
El legislador morenista lamentó que los ministros hayan dado más validez a una disposición de ley que a lo establecido por la constitución local, que en su artículo 67 prevé que para reformar la ley del Congreso se requiere de votación simple.
Constitución Política de Tamaulipas señala:
ARTÍCULO 67.– Las iniciativas adquirirán el carácter de ley o decreto cuando sean aprobadas por la mayoría de los diputados presentes en los términos de lo previsto por esta sección, y entrarán en vigor en la fecha que determine el Congreso; si éste no lo determina, serán vigentes a partir de la fecha de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.